Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos: producción de información en los procesos de transformación
DOI:
https://doi.org/10.18294/smyc.2019.5065Resumen
Las leyes de salud mental (Nacional N° 26.657 y Provincial de Córdoba N° 9.848) sancionadas en el año 2010 implican un cambio de paradigma en salud mental mediante la adopción de un Enfoque de Derechos en lo que hace a las políticas públicas en esta materia. Estas normativas prevén la transformación de un sistema de salud mental estructurado desde una lógica biologicista, punitiva y asilar, y proponen su pasaje hacia un sistema de salud mental con base en la comunidad, interdisciplinario, participativo e integral.
En todo proceso de transformación, la información es un aspecto fundamental: se necesita información desagregada, confiable y dinámicamente actualizada para poder diseñar políticas públicas y actuar con “flexibilidad estratégica” ante realidades cambiantes. Sin embargo, uno de los problemas que enfrenta la institucionalidad estatal argentina es que existe un serio déficit de información al momento de diseñar e implementar las políticas, así como al evaluar sus resultados. En materia de salud mental, esto se puso de manifiesto en los Principios de Brasilia (OPS/OMS, 2005) que señalan la insuficiente capacidad de documentación, monitoreo y evaluación de los Estados para dar cuenta de sus avances en el cumplimiento de los compromisos asumidos.
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