Salud Mental y enfoque de derechos. Brechas entre lo propositivo de la ley y las prácticas institucionales
DOI:
https://doi.org/10.18294/smyc.2021.5143Palabras clave:
Ley Nacional de Salud Mental, Derechos Humanos, Identidad, Subjetividad, CórdobaResumen
Desde una perspectiva de derechos humanos que ha posibilitado la recuperación de la subjetividad de lxs usuarixs del sistema de salud mental, la Ley Nacional de Salud Mental, sancionada en el año 2010, pone en tensión los discursos y prácticas ligadas a una configuración sociohistórica de la salud. Pero su puesta en marcha requiere de una coordinación y articulación de los distintos subsectores de salud que conforman el modelo nacional de gestión de la salud y, específicamente, del subsector público-estatal como efector de políticas sociales para un acceso universal al sistema. Por tanto, este artículo pretende situarnos en el marco y contexto normativo bajo el cual se llevan a cabo las demandas por el derecho a la salud mental en la ciudad de Córdoba, Argentina. Los intereses, las identidades y los sentidos políticos que entran en disputa, lo que posibilitará comprender la distancia entre los avances normativos y los mecanismos instituciones que median los procesos de transformación en materia de salud mental.
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